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Declaración del Vaticano sobre los Principios Rectores de las Naciones Unidas sobre las empresas y los derechos humanos 25 de junio de 2014.

Principios rectoresSu Excelencia el Arzobispo Silvano M. Tomasi, Observador Permanente de la Santa Sede ante las Naciones Unidas y otras organizaciones internacionales en Ginebra, presentó una declaración sobre los Principios Rectores de la ONU en la 26ª Sesión del Consejo de Derechos Humanos el 11 de junio. La declaración, titulada "Informe del Grupo de Trabajo sobre la cuestión de los derechos humanos y las empresas transnacionales y otras empresas comerciales", es excelente y hace un llamamiento a la necesidad de ampliar la difusión de los principios, lograr una aplicación amplia, generar confianza entre las partes interesadas y superar las barreras. a un remedio efectivo.

La Principios sobre Empresas y Derechos Humanos de guía (Principios rectores) fueron respaldados por el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas en 16 June 2011. Los Principios Rectores proporcionan un estándar mundial autorizado para abordar los impactos adversos en los derechos humanos vinculados a la actividad empresarial en todo el mundo.

Los Principios Rectores establecen, en tres pilares, principios relacionados con el deber del Estado de proteger los derechos humanos, la responsabilidad corporativa de respetar los derechos humanos y el acceso a reparación para las víctimas de abusos contra los derechos humanos.

Lo siguiente da una idea de la declaración que refleja plenamente la preocupación del Vaticano por el impacto de las poderosas estructuras económicas y la actividad en la vida de la gente común:

“La capacidad de las corporaciones internacionales para escapar parcialmente de la territorialidad y forjarse una existencia“ intermedia ”entre la legislación nacional es, con razón, una de las preocupaciones de la comunidad internacional. Su movilidad en términos de su país de incorporación, administración, producción y flujos financieros les permite navegar por las legislaciones nacionales, aprovechar el arbitraje regulatorio y elegir las jurisdicciones que pueden ofrecer el mejor rendimiento en términos de ganancias. El Papa Francisco, en su Exhortación Apostólica “La alegría del Evangelio”, y otros líderes religiosos de la Comunidad Internacional han señalado repetidamente que el lucro no puede ser la única razón de ser de la actividad empresarial. Las empresas transnacionales son parte de la familia humana y, como tales, su actividad debe respetar el estándar de los derechos humanos ".

“Otro punto de preocupación para la Comunidad Internacional es la complejidad inherente de las empresas transnacionales en cuanto a sus diversos modelos operativos (modus operandi) lo que las hace muy difíciles de monitorear y supervisar. La ausencia resultante de una transparencia sólida y oportuna hace que sea muy difícil medir el cumplimiento de las normas y legislaciones. Con demasiada frecuencia, las violaciones de los derechos humanos se producen por una total negligencia hacia las consecuencias que habrían sido previsibles si alguien se hubiera preocupado por pensar en ellas. Este tipo de "negligencias" no son casuales, sino sistémicas ".

Lea el comunicado completo aquí.

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